Política

Avala Congreso de Colima hasta nueve años de prisión por cometer “sumisión química”

El pleno de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Colima, adicionó el delito denominado “Sumisión química”, al Código Penal del Estado de Colima, para sancionar la administración no consentida de sustancias psicoactivas, narcóticas o similares que disminuyen o anulan la voluntad de las víctimas, sus capacidades cognitivas y su capacidad de resistencia.

La tipificación del delito de sumisión química, se incorpora como agravante en los delitos de violación, abuso sexual y robo calificado, con la finalidad de proteger la integridad física, psíquica y la autonomía de las personas, prevenir la impunidad y fortalecer la persecución penal de conductas que anulan o disminuyen la voluntad de las víctimas mediante la administración de sustancias psicoactivas sin su consentimiento.

Las adiciones a la fracción VI al artículo 145, la fracción XII al artículo 151, la fracción X al inciso B del artículo 185, y el Capítulo IV Bis, denominado “Sumisión química”, al Título Séptimo, para incorporar el artículo 215 Bis, todos al Código Penal del Estado de Colima, buscan garantizar una respuesta penal proporcional, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.

De esta forma: “Comete el delito de sumisión química quien, sin el consentimiento de la víctima haga ingerir o introduzca por cualquier vía sustancias psicotrópicas, narcóticas, sedantes, hipnóticas, anestésicas, tóxicas o análogas, contempladas por la Ley General de Salud, con la finalidad de anular o disminuir significativamente su capacidad de comprender el hecho o de resistirlo, o de facilitar la comisión de un delito”.

A quien cometa este delito se le impondrán de tres a seis años de prisión y multa de cien a doscientas unidades de medida y actualización. La pena se aumentará hasta en una mitad cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; o persona con discapacidad; o se utilicen sustancias que requieran prescripción médica en términos de la ley general de la salud.