Presidenta del IEE Colima puede ser removida, violó el principio de legalidad

A pesar de que conforme al artículo 115 del Código Electoral del Estado de Colima, es atribución de la Consejera Presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEEC), el “vigilar el cumplimiento de los acuerdos, dictámenes, resoluciones y actos del Consejo General”, la licenciada María Elena Adriana Ruiz Visfocri ignoró la ley y pagó menos días de aguinaldo a los trabajadores del organismo, a pesar de que firmó un acuerdo con días establecidos.
La representante legal del órgano electoral local violentó en diciembre del año pasado el Acuerdo IEE/CG/A007/2022, relativo a la reasignación presupuestal 2022, el cual fue aprobado por el Consejo General el 31 de enero de 2022; y en el que, entre otras cosas, se estableció la reducción del aguinaldo para los servidores públicos, por lo que debieron recibir una cantidad específica de días que no se les cubrieron.
Sin embargo, la prestación de fin de año de los trabajadores fue recortada de manera autoritaria por la Presidenta, ya que además de bloquear información al respecto, no cumplió el acuerdo y entregó menos dinero de lo que ella había acordado con el Consejo General, violentando además el principio de legalidad por el que se rige el Instituto Electoral.
En una entrevista con los medios de comunicación, María Elena Ruiz Visfocri aseguró en días pasados que se alcanzaron a cubrir las prestaciones que con motivo del fin de año se deben pagar a los trabajadores y, desde el 20 de diciembre, quedaron cubiertos todos los aguinaldos; y desde el 29 de ese mes, la segunda quincena y otras prestaciones.
Aunque sí se les hizo un pago a los servidores públicos, no fue lo que estableció el acuerdo que se encuentra en la página oficial del Instituto, con la firma de todos los consejeros; pues no se les dieron los días que habían aprobado, sino una cantidad menor, por lo que se violentó el documento legal citado.
Trabajadores del organismo, quienes pidieron mantener el anonimato por temor a represalias, confirmaron que no se les pagó todo el aguinaldo que se había establecido legalmente en el acuerdo.
De acuerdo al Reglamento del Instituto Nacional Electoral para la designación y remoción de las y los consejeros presidentes y las y los consejeros electorales de los organismos públicos locales electorales, en su inciso b y g, María Elena Ruiz Visfocri podría ser removida por tener notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones y por violar de manera grave el acuerdo, por el daño a los principios rectores.
